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Judiciales
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GESTIONES JUDICIALES Y/O EXTRAJUDICIALES CON HONORARIOS Y GASTOS PRESTABLECIDOS
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SI NECESITA SABER SOBRE LA SITUACION DE UN JUICIO EN EL CUAL ES ACTOR O DEMANDADO PODEMOS REALIZAR UN INFORME POR ESCRITO Y SE LO ENVIAMOS POR CORREO A LA DIRECCION QUE NOS INDIQUE ...
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Para iniciar una sucesion LA COMPETENCIA es el último domicilio del causante, suele ocurrir que quienes en algún momento han debido dejar el país por razones particulares se encuentren ante la situación de sus derechos hereditarios puedan ser menoscabados atento a que a la distancia es muy difícil poder negociar, controlar, y es más , cuantas veces "no sentir culpa de exigir lo que por derecho corresponde".
Por el simple hecho de haber emigrado en su oportunidad a buscar un futuro mejor nosotros podemos representarlo en argentina en el ejercicio de sus derechos, teniendo usted la certeza que trabajaremos por usted y con usted. En la legislación de nuestro país las sucesiones pueden ser sucesión ab intestato y/o testamentaria. La primera es aquella en la cual la persona que fallece, denominada causante, no deja ninguna directiva en cuanto al reparto de sus bienes y en consecuencia la ley difiere a los parientes más próximos. Por el contrario, la testamentaria se basa exclusivamente en la voluntad del difunto expresada en el testamento. La sucesión se inicia en el lugar del último domicilio del causante, si tener relevancia el lugar del fallecimiento ni el domicilio de lo bienes que forman el patrimonio del fallecido Hay personas que la ley denomina herederos forzosos a quienes salvo por justa causa no se los puede desheredar. 1) Descendientes: comprende a los hijos y a los nietos. Ciertos herederos forzosos como los descientes sacan de la línea hereditaria a los ascendientes. Sin ser herederos forzosos, también puede ser herederos otros parientes hermanos, sobrinos, primos, etc. siempre que no hubiere herederos forzosos o bien uno de los herederos forzosos que hubiere fallecido y se presentara su hijo a cobrar la herencia de sus padres en su representacion 3. El testamento puede ser: También la herencia se divide de diversa maneras cuando el bien es propio o ganancial. Algo que genera confucción con frecuencia es el derecho o no del conyugue a herederar de un bien propio de su esposo/a el conyugue tiene derecho sobre los bienes propios del causante 3. La documentación obligatoria a presentar para iniciar un juicio sucesorio es la siguiente: En este breve resúmen hemos intentado plasmar solamente algunas consultas generales con respecto a este tema. Siendo el Derecho Sucesorio un derecho dinámico, y sumamente amplio, cada caso en particular tendrá su solución específica. |